Club de Raqueta El Yaqui S.A. de C.V. CUOTAS
PRECIO
RENTA ANUAL
MANTENIMIENTO
| COMPRA -VENTA DE UNA ACCIÓN | $70,000 |
| - Cuota de inscripción por traspaso | |
| Persona Física | $20,000 |
| Persona Moral | $30,000 |
| COSTO RENTA ANUAL | $14,000 |
| - Cuota de inscripción | |
| Persona Física (anual) | $5,000 |
| Persona Moral (anual) | $7,700 |
| CUOTAS DE MANTENIMIENTO "TRIMESTRAL" | |
| Titular | $9,190 |
| Conyuge | $4,075 |
| Junior (de 21 en adelante) | $5,255 |
| Juvenil (de 14 a 20 años) | $2,490 |
| Infantil (de 3 a 13 años) | $1,750 |
| Agregado familiar (menor de 30 años) | $5,255 |
| Ascendientes directos | $5,255 |
Otras Cuotas
Si ya eres socio consulta los siguientes costos.
CUOTA ACCIÓN INACTIVA
PASES DE INVITADO
FINES DE SEMANA Y DÍAS FESTIVOS
$630
Seiscientos trienta pesos 00/100 MN
CUOTA CASILLERO
CUOTA DIARIA
$55
Cincuenta y cinco pesos 00/100 mn
Documentación requerida para ser socio
Pagar al vendedor el precio de venta de la acción, o en su caso la renta al socio.
Pagar al Club la cuota de mantenimiento trimestral antes del 15 de enero, abril, julio y octubre y la cuota de inscripción por renta o venta.
FOTOCOPIA DE:
1. Acta de matrimonio
2. Acta de nacimiento de los hijos
3. Fotocopia de la cédula de identificación (RFC)
4. Copia de la credencial de elector del titular y del cónyuge
CARTAS DE RECOMENDACIÓN:
1. Empresarial
2. Estado de cuenta bancario
3. De tres socios accionista
4. Una fotografía color de cada miembro de la familia (tamaño infantil)
5. Nos pondremos en contacto para la entrevista con el comité de admisión
EXAMEN MÉDICO
Entrevista con el representante del comité de admisión
Compra de acción
Se tendrán que cubrir los siguientes requisitos:
ASPECTOS Y DOCUMENTOS FISCALES
1. Fotocopia de la cédula de identificación (RFC) o de la forma R-1 (aviso de alta al RFC), en cumplimiento con el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (se anexa fotocopia del mismo)
2. Fotocopia de la CURP
A PRESENTAR POR PARTE DE:
1. Empresarial
Vendedor: Dictamen por la venta de la acción, o
Comprador: Declaración en que se entere el 20% del ISR retenido, en relación al precio de la venta de la acción, a la firma del contrato.
En caso de venta o renta, el club no debe expedir factura, porque no es su ingreso.